A nivel del sector privado, trabajar sin contrato y solo por recibos por honorarios no implica no tener derechos laborales. Por el contrario, el trabajador tiene derecho al pago de sus beneficios sociales.
¿Qué ley avala esto? Gestion.pe conversó con Pamela Navarro, socia laboralista de PPU, quien explicó más detalles de este tema.
“Todo trabajador que presta servicios de forma personal y subordinados al empleador tienen el derecho a recibir el pago de sus beneficios sociales. Más allá si cuenta o no contrato de trabajo, recordemos que los contratos pueden ser verbales o escritos”, explicó.
Por ello, es importante que todos los empleadores bajo el régimen del sector privado sepan que esto se rige bajo el principio de primacía de la realidad, no es una ley sino un Principio Básico del derecho laboral.
Fuente: Diario Gestion
Para mas información visita: https://gestion.pe/economia/management-empleo/pago-recibos-honorarios-son-mis-derechos-laborales-224292
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